Conocé los requisitos para la prestación.

Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo.

A partir de esta ley la Ley 27.610, las mujeres y personas con otras identidades de género tienen derecho a interrumpir su embarazo:

• Hasta la semana catorce (14), inclusive, sin tener que explicar los motivos de su decisión
• Cuando el embarazo es resultado de una violación o si está en peligro su vida o su salud.

Para la autorización inmediata del procedimiento requiere:

1) En todos los casos deberá contar con la orden médica correspondiente.
2) Firmar el “consentimiento informado”.
El consentimiento es el proceso por medio del cual una persona, tras recibir toda la información necesaria y tomar una decisión, autoriza o no al profesional de la salud para realizarle una práctica sanitaria.
Está enmarcado en los principios de autonomía de las personas, confidencialidad, privacidad y acceso a la información.

¿Qué necesito saber sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo?

Las/os adolescentes de más de 16 años siempre pueden acceder a la IVE/ILE sin necesidad de estar asistidas/os, ya que son consideradas/os como personas adultas para decidir sobre el cuidado de su propio cuerpo.

Las/os adolescentes desde los 13 hasta los 16 años pueden, en general, acceder a la IVE/ILE sin necesidad de asistencia. Sólo en los casos en que por algún motivo particular la realización de la IVE/ILE implique un peligro grave para su salud o su vida, es necesario que estén asistidas/os de un/a referente afectiva/o, por personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas indicadas por la adolescente.

Las/os niñas/os menores de 13 años pueden acceder a la IVE/ILE con la asistencia de un/a personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentas afectivas. Estas/os deben participar en conjunto con la niña en la toma de decisiones y deben firmar también el consentimiento informado.

Una vez que estoy convencido de realizar esta práctica, ¿Dónde puedo realizar esta práctica?

  • El afiliado puede concurrir directamente al centro asistencial prestador de Binimed sin necesidad de autorización previa.
  • El afiliado puede también solicitar a Binimed asesoramiento sobre los prestadores que realizan la práctica para una derivación inmediata.
En Binimed contamos con un equipo especializado para guiarte con todas tus dudas sobre este tema. Por favor, no dudes en contactarte con nosotros para ayudarte.

CLAVE FISCAL – aviso importante para todos nuestro afiliados